sanciones

Incumplimiento

Norma Referencia

Consecuencia Jurídica del Incumplimiento

Incumplir obligaciones en materia de igualdad fijadas por Estatuto de los/as Trabajadores/as o convenio colectivo

ART. 7.13
LISOS (*)

Multa:
626,00 a 6.250,00 €

Decisión unilateral empresarial que implique discriminación, directa o indirecta, en materia: retribución, jornada de trabajo, formación, promoción y demás condiciones de trabajo por razón de sexo, estado civil, orientación sexual, etc.; o que suponga trato desfavorable como reacción a una reclamación para exigir el cumplimiento del principio de IO y no discriminación

ART. 8.12
LISOS (*)

Multa:
6.251,00 a 225.000,00 € + pena accesoria (**):
sustituible por la elaboración y aplicación de un plan de igualdad.
Incumplimiento: sanción del art. 8.17 LISOS

Acoso sexual dentro del ámbito de las facultades de dirección empresarial, cualquiera que sea su sujeto activo.

ART. 8.13
LISOS (*)

Multa:
6.251,00 a 225.000,00 € + pena accesoria (**)

Acoso por razón de orientación sexual o por razón de sexo dentro del ámbito de dirección empresarial, cualquiera que sea el sujeto activo, si la/el empresario/a lo conocía y NO adoptó medidas para impedirlo.

ART. 8.13 bis
LISOS (*)

Multa:
6.251,00 a 225.000,00 € + pena accesoria (**)

No elaborar o implantar el plan de igualdad

ART. 8.17
LISOS (*)

Multa:
6.251,00 a 225.00000 €

No observar las normas específicas en materia de protección de la seguridad y salud de las trabajadoras durante el embarazo y lactancia.

ART. 13.1
LISOS (*)

Multa:
40.986,00 a 819.780,00 €

Solicitar datos personales en los procesos de selección o establecer las condiciones que constituyan discriminaciones para el acceso al empleo por motivos de sexo, edad, estado civil, orientación sexual, etc.

ART. 16.2
LISOS (*)

Multa:
6.251,00 a 225,000,00 € + pena accesoria (**): sustituible por la elaboración y aplicación de un plan de igualdad. Incumplimiento: sanción del art. 8.17 LISOS

Acosar sexualmente

ART. 184
CP (***)

Prisión 3 meses a 1 año o multa de 6 a 14 meses
Penas accesorias: clausura de la empresa, establecimiento; disolución de la sociedad, fundación; suspensión de actividad

Imponer a trabajadores/as a su servicio, mediante engaño o abuso de situación de necesidad, condiciones laborales o de Seguridad Social que perjudiquen, supriman o restrinjan sus derechos.

Art. 311
CP (***)

Prisión de 6 meses a 3 años y multa de 6 a 12 meses

Prohibición de realizar en el futuro operaciones mercantiles o negocios intervención de la empresa hasta 5

Discriminar gravemente en el empleo y, tras requerimiento o sanción administrativa, no reparar los daños económicos.

ART. 314
CP (***)

Prisión de 6 meses a 2 años o multa de 12 a 24 meses

Prohibición de realizar en el futuro operaciones mercantiles o negocios intervención de la empresa hasta 5 años

No facilitar a los/as trabajadores/as, estando obligado legalmente a hacerlo, los medios necesarios para que desempeñen su actividad con la medidas de seguridad e higiene adecuadas, de modo que pongan en peligro grave su vida, salud o integridad física, infringiendo las normas de prevención de riesgos laborales.

ART. 316
CP (***)

Prisión de 6 meses a 3 años y medio, y multa de 6 a 12 meses.

Prohibición de realizar en el futuro operaciones mercantiles o negocios intervención de la empresa hasta 5

 

Comparte en tus redes sociales